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OPINIÓN | El Mercurio Legal


Medidas tributarias para no quedarnos sin caja


10 de abril 2020 - María José Lopez


El coronavirus está teniendo consecuencias que nunca imaginamos, por lo que las respuestas tradicionales a las crisis pueden no ser suficientes. Independiente de la contingencia sanitaria, la sola cuarentena está causando grandes disrupciones, por lo tanto, hay que prepararse para meses difíciles y empezar a reconocer que algunas de las conductas de los consumidores posiblemente van a cambiar para siempre. Hoy los empresarios y emprendedores no solo tienen que preocuparse de proteger a sus empleados y a sus clientes, sino que también de tomar las medidas necesarias para defenderse de las eventuales pérdidas de ingresos, generar nuevos modelos de negocios, reducir costos, mantener la caja, aumentar la liquidez, entre otras acciones.


En esta línea, el gobierno ha improvisado ciertas normas que buscan aliviar la carga tributaria de los contribuyentes y que empresas, pymes y trabajadores independientes deberían conocer. Así, para todas las empresas el impuesto de timbres y estampillas tendrá una tasa transitoria de 0% (lo que se traduce en préstamos más baratos), se condonan por tres meses los pagos provisionales mensuales y los gastos asociados a esta contingencia, como mascarillas y alcohol gel, serán aceptados como gastos tributarios.


Respecto de las pymes, se anticipa la devolución de impuestos y se prorroga el pago del impuesto a la renta y el IVA (de abril, mayo y junio) hasta julio de 2020. Fuera de la prórroga, el IVA de esos meses podrá ser pagado hasta en 12 cuotas. Además, se prorroga hasta el 31 de julio de 2020 la posibilidad que tienen las pymes de optar por el régimen de Transparencia Tributaria. Este es un nuevo régimen tributario que ha pasado algo inadvertido entre los emprendedores y que permite que no se pague el impuesto a la renta, sino que directamente los impuestos finales, esto es, el impuesto global complementario o el adicional.


Para aquellas empresas que tienen ingresos que no excedan las 350.000 UF (considerando en este monto los ingresos de empresas relacionadas), también se posterga hasta julio 2020 el pago del IVA, que se dividirá en seis cuotas. Igualmente, el pago de la primera cuota del impuesto territorial (contribuciones de bienes raíces) se podrá pagar en tres cuotas. Por último, la Tesorería podrá otorgar facilidades de pago y condonar intereses penales y multas.


A los trabajadores independientes se les devolverán en abril de 2020 los montos retenidos en sus boletas de honorarios de enero y febrero, además, tendrán una devolución anticipada de impuestos. Se les prorrogará, igualmente, el pago de la primera cuota del impuesto territorial sobre aquellos inmuebles que no excedan de $133 millones y si sus ingresos anuales no superan las 90 UTA (aproximadamente $50 millones) podrán obtener facilidades de pago y condonaciones de intereses y multas en Tesorería.


Finalmente, el Servicio de Impuestos Internos y Tesorería podrán condonar ciertos intereses y multas por las declaraciones y pagos de impuestos atrasados hasta el 30 de septiembre de 2020.


Esta crisis tiene muchas aristas y se requiere de mucha creatividad para poder superarla. A pesar de que las medidas tributarias enumeradas pueden no parecer suficientes por sí solas, sirven para mezclarlas con otras estrategias económicas y traducirlas en acciones que, en el corto plazo, pueden evitar un problema grave de caja y así dar un respiro al negocio o emprendimiento y, eventualmente, salvarlo.

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